RECONOCIMIENTOS MÉDICOS OBLIGATORIOS EN PUESTOS CON RIESGO
Les informamos que, conforme a la normativa vigente, los reconocimientos médicos tienen carácter obligatorio en aquellos puestos de trabajo donde exista riesgo de enfermedad profesional, según lo establecido en la legislación de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales.
Esto significa que, cuando un puesto implique exposición a agentes o condiciones recogidas en el cuadro oficial de enfermedades profesionales (productos fitosanitarios, agentes químicos, biológicos, etc.), la empresa debe garantizar la realización de los reconocimientos médicos correspondientes.
En el ámbito agrícola, muchos trabajos en finca pueden estar incluidos en estos supuestos, por lo que recomendamos consultar con su técnico de prevención para verificar si los puestos de su explotación están afectados.